Con fallo unánime de la Corte de Apelaciones de Santiago se condenó a Compañía Minera Doña Ines de Collahuasi por despido injustificado en contra del trabajador Pedro Cortés Cancino con fecha 8 de mayo del 2020 ordenando el cumplimiento de la sentencia definitiva de fecha 5 de agosto del 2019 del segundo Juzgado del Trabajo de Santiago.
Así, a casi dos años de tramitación y diligencias, esta sentencia definitiva viene a darle un sentido de justicia a la lucha de este trabajador, que ha tenido importantes consecuencias tanto en su situación económica, como en los serios daños a la salud mental que esta le ha ocasionado, generándole un serio trastorno depresivo derivado del accidente laboral sufrido por el cual fue despedido injustificadamente el 10 de agosto de 2018.
A su vez, los daños físicos ocasionados en su mano derecha y que presentan secuelas irreversibles lo han tenido sin posibilidad de reinsertarse laboralmente, lo que hace aún más compleja su situación. Sin embargo, esta sentencia a favor de su causa, es una importante señal de que la perseverancia y el apoyo de la organización sindical para sobrellevar este desgastador y extenso juicio, fueron fundamentales para lograr justicia y así, ayudar en parte a recobrar su tranquilidad emocional.
En este sentido el Director del Sindicato Collahuasi, Cristian Salinas, encargado del Asuntos Legales, señaló, “Como sindicato repudiamos tajantemente este actuar de la compañía. Este es un hecho inhumano y sin conciencia que ha generado mucho daño a un trabajador que por tantos años prestó servicios de forma intachable y con mucha disposición al trabajo, respetando siempre los protocolos y procedimientos de salud y seguridad que estaban disponibles”.
Asimismo, el dirigente agrega, “Con esta sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y esperando que otros tribunales del país repliquen este actuar en beneficio de las y los trabajadores, se deja claro que Minera Collahuasi, no está por sobre la ley y que debe responder por los malos tratos laborales. No queremos que este tipo de injusticias vuelvan a suceder con nuestros compañeros y compañeras de trabajo, dado que el daño que se genera no es solo a las y los trabajadores, sino, también a toda su familia”, concluyó Salinas.
La demandada reconoce y acata la sentencia de la corte generando los pagos, no estando libre de polémica dado que no incluyo los reajustes e intereses que conforme a la sentencia de primera instancia dictaminada por el segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que se encuentra firme y ejecutoriada, y debió cancelar.
De esta forma, la sentencia definitiva condena a pagar al trabajador las siguientes prestaciones.
-Indemnización sustitutiva de aviso previo
-Indemnización por años de servicios
-Recargo del 80% por años de servicios
-Feriados legales adeudados
-Indemnización por feriados proporcionales
Finalmente, cabe resaltar la importancia, pese a lo extenuante y prolongado que puede resultar un juicio de este tipo, la necesidad de que las y los trabajadores actúen en coordinación con las organizaciones sindicales, en este caso, con el Sindicato de Trabajadores Collahuasi que no escatimó en tiempo y recursos para apoyar una causa justa y defender así los intereses y derechos de uno de los suyos.
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Sindicato de Trabajadores Collahuasi